47-LISTADO OBLIGACIONES PISCINAS nueva normalidad-

47-LISTADO OBLIGACIONES PISCINAS new normality

OBLIGACIONES CONCRETAS PARA APERTURA DE PISCINAS SEGÚN EL ACUERDO DEL 19 DE JUNIO DE CONSELL DE LA GENERALITAT VALENCIANA APLICABLES PARA LA NUEVA NORMALIDAD

Como continuación del plan de desescalada, y reconociendo el Gobierno Valenciano que la estructuración en las llamadas «fases» no tiene sentido desde el momento en que el lunes 22 de junio de 2020 deje de estar vigente el estado de alarma, desde su junta de gobierno autonómico han tomado un acuerdo en el que concretamente se regulan las condiciones en que pueden seguir abriendo las piscinas comunitarias, con ciertas restricciones y obligaciones de la fecha citada.

Todas las comunidades deben cumplir, en concreto, con los artículos 1, 2.1, 2.6 y 3.14 del Acuerdo de 19/06/2020 del Consell de la Generalitat Valenciana. La normativa se puede resumir en la siguiente tabla:

 

Resumen del Acuerdo:

  1. Estas medidas se aplicarán hasta la finalización de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
  2. El aforo de vaso y recinto es más reducido: reducción al 75%, como en fase3, o la que permita la distancia de seguridad interpersonal.
  3. La distancia de seguridad es de 1,5 metros, como en fase 3.
  4. Se ELIMINA la obligación general de que haya que organizar un sistema de control de aforo y cita previa que permita su control en directo en la piscina, como ya se había eliminado esta obligación en fase 3.
  5. Pero habrá que controlar aforo y cita previa si «el uso habitual» de la piscina no permite el control de aforo o de la distancia de seguridad.
  6. Hay que limpiar a fondo 1 vez con diluciones cada día antes de abrir, pero no otras dos veces más, como había que limpiar en fase 2 y 3.
  7. Hay que colgar carteles con información del virus y normas de higiene, como en fase 3.

 

 

PEVAN
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